
Ahorradores, a pagar impuesto
El impuesto a los depósitos en efectivos se calcula multiplicando el importe que excede de $25 mil por la tasa del 2%. Foto: Samuel Hernández/El Sol de Orizaba
El Sol de Córdoba
1 de julio de 2008
Ivon Graciano SerranoCórdoba, Veracruz.- Hoy entra en vigor el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) que será aplicado para las personas físicas y morales que realicen importes por excedentes de $25,000 en moneda nacional o extranjera en cualquier tipo de cuenta abierta a su nombre en las instituciones del sistema financiero.La administradora de Asistencia al Contribuyente, Sandra Leticia Pérez del Valle, comentó que en el caso de adquisición de cheques de caja, la recaudación del impuesto se realizará en el momento del trámite y sobre el monto pagado en efectivo.Asimismo, los bancos que capten este impuesto deberán entregar al contribuyente de forma mensual y anual las constancias que acrediten el IDE recaudado o en su caso el importe no cobrado. La documentación deberá ser entregada a más tardar el día 10 de cada mes y en forma anual, el 15 de febrero del 2009."Se tendrá por cumplida la obligación, cuando a petición de los contribuyentes, las instituciones bancarias emitan las constancias en forma electrónica con la información establecida", subrayó la entrevistada.
El impuesto a los depósitos en efectivos se calcula multiplicando el importe que excede de $25 mil por la tasa del 2%. Foto: Samuel Hernández/El Sol de Orizaba
El Sol de Córdoba
1 de julio de 2008
Ivon Graciano SerranoCórdoba, Veracruz.- Hoy entra en vigor el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) que será aplicado para las personas físicas y morales que realicen importes por excedentes de $25,000 en moneda nacional o extranjera en cualquier tipo de cuenta abierta a su nombre en las instituciones del sistema financiero.La administradora de Asistencia al Contribuyente, Sandra Leticia Pérez del Valle, comentó que en el caso de adquisición de cheques de caja, la recaudación del impuesto se realizará en el momento del trámite y sobre el monto pagado en efectivo.Asimismo, los bancos que capten este impuesto deberán entregar al contribuyente de forma mensual y anual las constancias que acrediten el IDE recaudado o en su caso el importe no cobrado. La documentación deberá ser entregada a más tardar el día 10 de cada mes y en forma anual, el 15 de febrero del 2009."Se tendrá por cumplida la obligación, cuando a petición de los contribuyentes, las instituciones bancarias emitan las constancias en forma electrónica con la información establecida", subrayó la entrevistada.
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