domingo, 31 de agosto de 2008

Rojas, Amelia: Autorizado en Veracruz el aborto


Autorizado en Veracruz el aborto
Procede cuando se trata de una violación, exponga la vida de la madre o del producto
Amelia Rojas C. /El Mundo de Córdoba
México 31 de agosto, 2008

Penalizado ‘ En Veracruz está penalizado que la madre interrumpa su embarazo sin existir algún motivo tal y como lo marca el Código Penal” Adela Trujillo López Abogada
El Mundo de Córdoba
Fortín.- A unos días de haber sido despenalizado el aborto en el Distrito Federal, en Veracruz es un tema de controversia pues aún existe la penalización al suspender un embarazo cuando no está justificado.
La licenciada Adela Trujillo López manifestó que de acuerdo al artículo 154 del Código Penal para el Estado de Veracruz, en su última reforma del 15 de agosto del 2008, y publicado en la gaceta oficial informa que el aborto no será penalizado cuando esté de por medio la vida de la madre o del producto.
Ejemplificó que la interrupción del embarazo se realizará cuando sea el resultado o producto de una violación o de una inseminación artificial, sin el consentimiento de la embarazada, siempre y cuando se practique en los primeros noventa días de gestación.
La licenciada manifestó que otro de los puntos que no será penalizado es que la mujer embarazada quede en peligro de muerte a juicio del médico que la asista, oyendo este la opinión de otro colega, siempre que ello fuera posible y la demora aumente de riesgo.
Además otros de los motivos que salvaría a la madre o médico de ir a la cárcel por cometer un aborto sería que a juicio de dos médicos, exista razón suficiente de que el producto padece alteraciones que dé por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos y mental graves, y se practique bajo el consentimiento de la mujer embarazada Agregó que de no darse esas figuras, existe la penalización para quien interrumpe el embarazo en cualquiera de sus etapas.

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